Última actualización: 2024-07-02

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  • 02/07/2024 - 08:28

    Por medio de la cual se adiciona el Capítulo 6 al Título 9 de la Parte 2 del REMAC 4: “Actividades Marítimas”, mediante el cual se acoge la Resolución A. 1049 (27) adoptada el 30 de noviembre de 2011, por la Asamblea General de la Organización Marítima
    Internacional, por medio de las cuales se adopta el Código Internacional sobre el Programa Mejorado de Inspecciones durante los Reconocimientos de Graneleros y Petroleros, 2011 (CÓDIGO ESP 2011) del Convenio Internacional para la Seguridad de la

    Por medio de la cual se adiciona el Capítulo 3 al Título 9 de la Parte 2 del REMAC 4: “Actividades Marítimas”, mediante el cual se acogen unas resoluciones de la Organización Marítima Internacional, a través de las cuales se adopta y modifica el Código Internacional de Gestión de la Seguridad Operacional del Buque y la Prevención de la Contaminación (IGS), del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS enmendado), incorporado a la legislación nacional mediante la Ley 8 de 1980.

    “Por medio de la cual se establecen medidas especiales para el ejercicio y control de las actividades marítimas en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional por el Coronavirus COVID-19, de cara a las nuevas medidas del Aislamiento Selectivo y Distanciamiento Individual Responsable”

     

    “Por medio de la cual se establecen medidas especiales para las embarcaciones de cabotaje de la costa del litoral pacífico colombiano, para enfrentar la emergencia sanitaria generada por el Coronavirus (COVID-19), de cara a la fase de reactivación económica”