La Dirección General Marítima interesada en la problemática de gestión de desechos que generan los buques, busca identificar las deficiencias en el servicio de recepción de residuos / desechos generados por estos, con el objetivo de formular medidas a fin de evitar denuncias ante la OMI (Organización Marítima Internacional).
Colombia a través de la Ley 12/1981 se adhiere al Convenio Internacional Para Prevenir La Contaminación Por Los Buques (MARPOL 73/78) en el cual la Organización Marítima Internacional (OMI) brinda un conjunto de normas que tienen como objetivo principal la prevención de contaminación derivada de la actividad de los buques ya sea por factores accidentales o derivados de su actividad.
Para el tema en específico de este foro el Convenio MARPOL 73/78 en su Anexo V, formula las reglas para prevenir la contaminación ocasionada por basuras de los buques, en Colombia su entrada en vigor se dio el 2 de octubre de 1983 y de acuerdo a lo señalado en la página web de la Organización Marítima Internacional (OMI), contextualiza sobre el contenido de este anexo indicando: “ trata de los distintos tipos de basuras y especifica las distancias desde tierra y la manera en que se pueden evacuar; la característica más importante del anexo es la total prohibición impuesta al vertimiento en el mar de toda clase de plásticos”.
Señalado lo anterior y teniendo en cuenta los avances que se han dado en el transcurso de la aplicación de esta normatividad desde su entrada en vigencia, el esquema de gestión soportado en facilidades para la recepción de estos residuos/desechos en los puertos presentan resultados efectivos para el manejo de estos, sin embargo es acertado pronosticar que puede convertirse en otra problemática en el sentido que la contaminación que pueden generar estos residuos se transfieren a tierra.
Efectuado el planteamiento anterior los invitamos a dejar sus observaciones, lo cual nos permite conocer su posición frente a los interrogantes que se presentarán a continuación:
¿Conoce usted el proceso de gestión que se ejecuta para la recepción de residuos / desechos generados por buques?
Si lo conoce ¿considera que las instalaciones de recepción de residuos/desechos de buques son adecuadas?
¿Es consciente usted que la falta de gestión sobre estos residuos/desechos, afecta de manera importante a la salud de nuestros mares y zonas costeras?
¿Ha observado usted alguna situación en la cual los desechos de los buques hayan sido dispuestos de manera inadecuada?
Si desea ampliar la información lo invitamos a seguir los enlaces relacionados a continuación:
- Explicación Del Contenido Del Convenio Internacional Para Prevenir La Contaminación Por Los Buques (MARPOL)
- Ley 12 De 1981 (enero 19) Por medio de la cual se aprueba la "Convención Internacional para la Prevención de la Contaminación por Buques", firmada en Londres el 2 de noviembre de 1973, y el Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para prevenir la Contaminación por Buques, 1973, firmado en Londres el 17 de febrero de 1978 y se autoriza al Gobierno Nacional para adherir a los mismos
- Circular MEPC.1-Circ.834 (15 de abril) Orientaciones Difundidas Para Los Proveedores Y Usuarios De Las Instalaciones Portuarias De Recepción (verificar archivo adjunto).
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