“Por medio de la cual se adiciona una definición y un artículo del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 3 del REMAC 3 “Gente de Mar, Apoyo en Tierra y Empresas”, en lo concerniente a la definición de una maniobra de practicaje y al establecimiento de unos criterios operativos para la realización de la misma.”
Por medio de la cual se delega una función al Coordinador del Grupo de Coordinación General, se crea un área en el Grupo Coordinación General de la Dirección General Marítima, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones relativas a la Investigación de Siniestros e Incidentes Marítimos
Por la cual se crean y organizan grupos internos de trabajo en la Dirección General Marítima, se asignan funciones y se dictan otras disposiciones.
Código de comercio - libro V - Primera parte
Por medio de la cual se adiciona un parágrafo al artículo 6.2.7.9 del Título 7 de la Parte 2 “Tarifas” del REMAC 6 “Seguros y Tarifas”
“Por medio de la cual se modifica el Título 2 de la Parte 2 del REMAC 2: “Generalidades”, en lo concerniente a la Capitanía de Puerto de Arauca”
“Por medio de la cual se adiciona el capítulo 30 al Título 9 de la Parte 2 “Seguridad Marítima “REMAC 4 “Actividades Marítimas”, mediante la cual se determinan las prescripciones de los instrumentos internacionales que se dejan “a juicio de la administración”
Por medio de la cual se modifica un artículo del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 3 del REMAC 3 “Gente de Mar, Apoyo en Tierra y Empresas”, en lo concerniente al establecimiento de criterios operativos para la realización de maniobras de reviro en dársenas restringidas con navegación marcha atrás en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Buenaventura.
Por medio de la cual se adiciona el Capítulo 28 al Título 9 de la Parte 2 “Seguridad Marítima” del REMAC 4 “Actividades Marítimas”, mediante el cual se acogen unas resoluciones por medio de las cuales se adopta y modifica el Código de Formación, Titulación y Guardia para la gente de mar, Código de Formación, de obligatorio cumplimiento por disposiciones de la ley 35 de 1981, mediante la cual se adoptó el Convenio Internacional para la formación, titulación y guardia de la gente de mar, de 1978, enmendado