Fernando Rey (No verificado) 22 October, 2018 - 11:48 am
Ninguna concesion maritima, permiso y/o autorizacion puede ni debe vulnerar el derecho publico que tiene la comunidad para disfrutar libremente el buen uso de las aguas maritimas, las zonas de playa y los terrenos de baja mar existentes en el territorio nacional. Por buen uso se entiende el disfrute (pesca, nado, buceo o cualquiera otra modalidad de deporte nautico permitida), el derecho al transito -cualquiera sea la modalidad permitida en la zona.