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  • 20/12/2024 - 16:58

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    Fernando Rey (No verificado) 22 October, 2018 - 11:48 am


    Ninguna concesion maritima, permiso y/o autorizacion puede ni debe vulnerar el derecho publico que tiene la comunidad para disfrutar libremente el buen uso de las aguas maritimas, las zonas de playa y los terrenos de baja mar existentes en el territorio nacional. Por buen uso se entiende el disfrute (pesca, nado, buceo o cualquiera otra modalidad de deporte nautico permitida), el derecho al transito -cualquiera sea la modalidad permitida en la zona.