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Dimar socializa autorización anticipada de operaciones para buques que lleguen al puerto de Santa Marta

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  • 04/07/2024 - 16:16


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    La Dirección General Marítima se reunió con diferentes autoridades portuarias de Santa Marta, para socializar la normatividad vigente para autorizaciones de inicio de labores de cargue y descargue a buques extranjeros que arriben al puerto marítimo.

     

    La Autorización Anticipada de Inicio de Operaciones de Buques forma parte de la estrategia Estado Simple, Colombia Ágil, reglamentada en la Resolución 0776 MD-Dimar del 24 de septiembre de 2018, que permite mejorar los tiempos de operaciones en los terminales marítimos, dando así cumplimiento al Convenio Internacional de Facilitación (FAL) que tiene como propósito agilizar el transporte marítimo mediante la reducción del papeleo, la simplificación de las formalidades, los documentos requeridos y los procedimientos relacionados con la llegada, permanencia y salida de los buques que realizan viajes internacionales.

     

    En Santa Marta, la Capitanía de Puerto, unidad regional de Dimar, se reunió con miembros del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), Migración Colombia, Ministerios de Salud y Protección Social, y de Comercio, Industria y Turismo; entidades que expiden de manera conjunta la autorización de operaciones de buques durante la visita oficial que se realiza a la embarcación que llega a puerto.

     

    En la reunión con las autoridades portuarias y entidades regionales mencionadas, Dimar explicó en qué consistía el Convenio FAL y la resolución que reglamenta el procedimiento que antes era prioritario para todo tipo de embarcaciones , pero que ahora agilizará las maniobras de trabajo a portacontenedores y graneleros, siempre y cuando estas naves tengan un concepto favorable de todas las autoridades marítimas en donde hayan estado, registrado a través del Sistema Integrado de Tráfico y Transporte Marítimo de la Dirección General Marítima (Sitmar).

     

    No obstante, este procedimiento no aplicará para buques de pasajeros o de cualquier otro medio de transporte marítimo que incluya traslado de personas. La resolución también estipula que la autorización de zarpe de estos buques no podrá darse sin que Dimar, el ICA, Migración Colombia y el Ministerio de Salud hayan realizado la visita oficial de arribo.

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