El Reglamento Marítimo Colombiano (REMAC) No. 4 “Actividades marítimas” incorpora dentro de los “asuntos hidrográficos, batimétricos, oceanográficos, meteorológicos y científicos”, la “política de acceso, intercambio, uso de datos y productos de información oceanográfica y marino costera”, enmarcada en la “Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional” (Ley 1712 de 2014).
Esta política implementa el concepto de datos abiertos y da a conocer los lineamientos de acceso a los datos y productos de información para fines académicos y/o científicos, disponibles en diferentes plataformas de consulta tales como el Centro Colombiano de Datos Oceanográficos (Cecoldo), la Red de Medición de Parámetros Oceanográficos y de Meteorología Marina (RedMpomm), el Sistema de Información Geográfica de la Dirección General Marítima (SIG-Dimar), el Repositorio Digital de Dimar y los sitios web de los Centros de Investigaciones Oceanográficas e Hidrográficas (CIOH).
Con la Resolución de Dimar No. 003 de 2019, se complementó la política especificando los datos abiertos de oceanografía, meteorología marina y geología marina compatibles con el intercambio internacional de datos; aclaraciones sobre el manejo de datos depositados voluntariamente por terceros; y directrices para el cumplimiento de los estándares y mejores prácticas adoptados por los sistemas de información de Dimar. También hace aclaraciones sobre el acceso a la literatura gris técnico-científica (llamada no convencional, informal o documento en construcción) y la aplicación de acuerdos de uso.
De esta manera, la Dirección General Marítima ratifica su compromiso con el acceso a sus datos oceanográficos y marino-costeros, en búsqueda de su aprovechamiento en el desarrollo de productos y servicios de valor tanto para la entidad como para la comunidad nacional.