Resolución
Modifica formatos pilotos
Obligación presentar documentos originales.
Obligación llevar abordo SOLAS, MARPOL y STCW
Por medio de la cual se suprime el requisito de la patente de navegación para todas las naves de bandera Colombiana
“Por la cual se modifica el formato para el reporte y control de las maniobras de practicaje -PILREP- y el formato para el reporte y control de las maniobras de entrenamiento-REPEN- y el formato de informe mensual de maniobras de pilotos”.
Por la cual se establecen normas para el proceso de selección para los aspirantes a pilotos prácticos y para los pilotos prácticos por cambio de categoría o jurisdicción
Por la cual se establece la obligación para que los Buques de Bandera Colombiana, dedicados al transporte marítimo y a la pesca industrial, y los Buques Pesqueros y de Investigación Científica de Bandera Extranjera, que operen en aguas jurisdiccionales colombianas instalen y mantengan funcionado en forma permanente el dispositivo de posicionamiento y seguimiento de ruta por satélite.
Por la cual se establece la obligación para que los buques de bandera colombiana, dedicados al transporte marítimo y a la pesca industrial, y los buques pesqueros y de investigación científica de bandera extranjera, que operen en aguas jurisdiccionales colombianas instalen y mantengan funcionando en forma permanente el dispositivo de posicionamiento y seguimiento de ruta por satélite".
Por el cual se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6 y 17 del Decreto 804 del 08 de mayo de 2001
Régimen inspección embarcaciones deportivas.
Por medio de la cual se establecen las áreas de fondeo, de cuarentena y restringidas en el mar Caribe, Archipiélago de San Andrés y Providencia y Océano Pacífico.
Por la cual se establece el uso obligatorio de la cartografía náutica oficial en los buques o naves y artefactos navales de bandera colombiana y en los buques extranjeros que transiten y se encuentren en aguas marítimas jurisdiccionales de Colombia.
Por medio de la cual se establece los requisitos para expedir el Certificado Nacional de Francobordo para artefactos navales dedicados al transporte de cargas sólidas, líquidas y al granel en aguas marítimas y fluviales de la jurisdicción de la Autoridad Marítima Nacional.
Por medio de la cual se reitera el cumplimiento de normas y se reiteran y adoptan procedimientos para el control y vigilancia de naves y artefactos navales en aguas marítimas y fluviales jurisdiccionales.
Por medio del cual se determina el reglamento de condiciones técnicas de operación de los puertos
Por la cual se fijan los límites de jurisdicción de las Capitanías
Por el cual se regula la delegación de funciones a las Sociedades Internacionales de Clasificación.
Por el cual se fijan unas normas de seguridad para la operación de embarcaciones pesqueras
Por el cual se reglamenta el uso de remolcadores en los puertos marítimos del país.
Por el cual se modifica parcialmente el Reglamento 003 de 1990 y se reglamenta el régimen de las pólizas de seguro de accidentes acuáticos