La Dirección General Marítima (Dimar), a través de la Capitanía de Puerto de Barranquilla, informa que de acuerdo con el seguimiento y análisis permanente de las condiciones océano-atmosféricas en el canal de acceso con batimetrías, análisis técnicos, variación de las condiciones y análisis de cada una de las embarcaciones correspondiente a la época seca; además de la alta sedimentación observada en algunos puntos del canal de acceso que se presenta por factores atmosféricos, se procede a determinar los siguientes calados máximos de ingreso y salida de los buques así:
ARRIBOS – ZARPES
BUQUES ESLORAS (m) |
CALADOS (m) |
CONDICIONES DE OPERACIÓN |
OBSERVACIONES |
Menor 180 |
Menor a 6.9 |
Sin Restricción |
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Desde 180 Hasta 200 |
Desde 6.9 Hasta 7.2 |
Luz día |
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Todas las motonaves superiores a 180 m de eslora y/o calados superiores a 6.9 m tendrán previo análisis de las condiciones presentes.
Se procederá a realizar análisis en la maniobrabilidad de cada embarcación que se encuentre sobre los límites máximos permitidos y se estará informando sobre los avances del sector de acuerdo con las intervenciones y afectaciones que se vienen presentando. Asimismo, se estará informando previamente las consideraciones de seguridad que requieran ser adoptadas.
Se solicita a la comunidad náutica y ribereña en el sector Las Flores extremar las medidas de seguridad de las lanchas y embarcaciones propias que se encuentran cercanas a la ribera del Atlántico, debido al tránsito de embarcaciones mayores en ese sector y la labor de dragado en el canal de acceso.
La Autoridad Marítima Colombiana continuará monitoreando la evolución de las condiciones de navegabilidad con personal profesional especializado, pilotos prácticos y con la información hidrográfica disponible. De igual forma, este calado estará́ vigente hasta una próxima actualización; cualquier cambio o restricción que se presente se informará para adoptar las medidas necesarias, garantizando la seguridad integral marítima y fluvial del país.