Última actualización: 2024-11-22

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Dimar inspecciona las concesiones otorgadas en el sector de Bello Horizonte, Santa Marta

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  • 22/11/2024 - 08:10


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    La Dirección General Marítima (Dimar), a través de la Capitanía de Puerto de Santa Marta, realiza una visita técnica de control a las concesiones otorgadas en el sector de Bello Horizonte.

    Tras la denuncia recibida por parte de un turista a la Capitanía de Puerto de Santa Marta, donde manifiesta "temor por la pérdida del espacio en las playas por una concesión dada al Hotel Irotama”, la capitanía de Puerto realizó una inspección a las concesiones otorgadas en el sector de Bello Horizonte, con el fin de verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos mediante actos resolutivos entregados por la Autoridad Marítima Colombiana.

    El Capitán de Puerto enfatizó que para hacer entrega de una concesión a un particular para uso y goce de las playas marítimas y de los terrenos de bajamar, se procede de conformidad con el trámite establecido en el artículo 169, título IX, capítulo IV del Decreto Ley 2324, pero en ningún momento están restringidas en su acceso para la ciudadanía; se puede hacer uso de este espacio, bañar en zonas seguras y por ningún motivo se cobrará por dichas actividades.

    Asimismo, quedó estipulado en el numeral 27, artículo 5° del mismo decreto ley, que la Dirección General Marítima tiene las siguientes funciones: “Adelantar y fallar las investigaciones por (...) construcciones indebidas o no autorizadas en los bienes de uso público y terrenos sometidos a la jurisdicción de la Dirección General Marítima e imponer las sanciones correspondientes”. En concordancia con lo dispuesto en el numeral 8, artículo 3 del Decreto 5057 de 2009. (Funciones de las Capitanías de Puerto) “Investigar y fallar de acuerdo con su competencia, aún de oficio (…) las ocupaciones indebidas o no autorizadas de los bienes de uso público bajo su jurisdicción".

    Lo anterior, teniendo en cuenta que los bienes de uso público de la nación, tales como las playas marítimas y los terrenos de bajamar, están sometidos a un régimen jurídico especial y son aquellos bienes destinados al uso, goce y disfrute de la colectividad; por lo tanto, están al servicio de esta de forma permanente, con las limitaciones que establece el ordenamiento jurídico y la autoridad competente que regula su utilización. Asimismo, figuran en la Constitución Política como aquellos bienes que reciben un tratamiento especial, ya que son considerados inalienables, inembargables e imprescriptibles.

    La Dimar continuará trabajando de forma articulada y coordinada con los alcaldes y demás autoridades de los municipios costeros, con el objetivo hacer buen uso de los bienes de uso público.

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