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El Convenio agrupa las disposiciones, en secciones, que tratan de las reglas de rumbo y gobierno, luces, marcas y señales acústicas y luminosas. Hay además cuatro anexos que contienen prescripciones técnicas relativas a la posición y características de las luces y marcas, aparatos de señales acústicas, señales adicionales para buques de pesca que se encuentren faenando muy cerca de otros y sobre señales internacionales de socorro. Se proporciona orientación para determinar la velocidad de seguridad, el riesgo de abordaje y la conducta de buques que circulen dentro o en la proximidad de dispositivos de separación del tráfico. Otras reglas se refieren a la navegación de buques en canales angostos, la conducta de los buques en condiciones de visibilidad reducida, buques con capacidad de maniobra restringida y disposiciones relativas a buques restringidos por su calado.

Fecha de firma o depósito del documento 27 Julio 1981 entró a regir el 27 Julio 1981

Colombia se adhirió al Convenio de Abordajes por la

Ley 13 del 27 de julio de 1981

InstrumentoAprobaciónEntrada en vigor
COLREG 1972

20 de octubre 1972

15 de julio 1977

Se promulgó mediante

Decreto 140 del 24 de enero de 1992

Resolución 868 de 2020