Por medio del cual se modifica el Título 2 de la Parte 1 del Reglamento Marítimo Colombiano No. 8 (REMAC 8 –Disposiciones Especiales y Transitorias), y se fijan los criterios técnicos y condiciones para otorgar autorización de relimpias o mantenimiento de canales y dársenas de maniobra en jurisdicción de la Autoridad Marítima.
Archivo de la norma
Tipo de Norma
Número de norma
0949
Año de publicación
2018
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