Si deseas  solicitar un título y/o licencia con 50 años cumplidos o más y la solicitud que desea realizar se enmarca en Las Tripulaciones De Las Naves De Pesca Comercial, De Recreo Y Otras, podrán realizarlas sin importar si es primer vez que lo solicita. De acuerdo a la parte segunda del Decreto 1597 de 1988 indica lo siguiente:

 

 

 

 


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