Señor usuario es importante tener en cuenta las siguientes recomendaciones respecto a la fotografía solicitada al momento de radicar su trámite:

1.  La fotografía continuará conservando el formato de 3 centímetros de ancho por 4 de largo medidos desde la base del cuello hasta el límite superior de la cabeza.

2.  La fotografía, a color, en papel mate, deberá estar sobre un fondo azul que no impida observar con claridad el contorno morfológico de la cabeza.

3.  La fotografía debe permitir observar, para ambos géneros, el contorno de las orejas y  éstas deben estar libres de adornos.

4. No se aceptan fotografías de origen digital, es decir, logradas a través de cámaras Web e impresas en papel bond.

5. La fotografía, comparada con la fisonomía actual de la persona, no podrá exceder de seis meses desde su captura.

6. La foto no debe ser pegada al trámite usando grapas que maltraten o deformen la imagen. En el mismo sentido, no se aceptarán fotografías que hayan sido sometidas  a  la presión mecánica de sellos secos ni cualquier otra actividad que haya dejado huellas sobre la superficie.

7. La cara del solicitante deberá cubrir por lo menos el 70 % de la foto, es decir, la cara del  usuario debe tener una altura mínima de tres centímetros medidos desde el Mentón  hasta la cabeza.

8. No están permitidos los anteojos de sol (oscuros) como tampoco los de corrección de la visión de lentes opacos.

9. No están permitidos los lentes montados sobre marcos amplios o gruesos.

10. No están permitidos otros objetos que obstruyan identificar claramente la cara del Solicitante

11. No se aceptarán fotografías fuera de foco, borrosas, cuyos contornos no estén bien definidos.

12. La mirada del solicitante deberá estar dirigida directamente a la cámara.

13. No se aceptarán fotografías con gorra, deportiva, etc.


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