1. ¿Qué es rendición de cuentas?

Es la obligación de un actor de informar y explicar sus acciones a otro(s) que tiene el derecho de exigirla, debido a la presencia de una relación de poder, y la posibilidad de imponer algún tipo de sanción por un comportamiento inadecuado o de premiar un comportamiento destacado.

 

2. ¿Cuáles son los elementos básicos en los que se fundamenta la Rendición de Cuentas?

• Información de calidad y en lenguaje claro sobre los procesos y resultados de la gestión pública.

• Diálogo para explicar, escuchar y retroalimentar la gestión.

• Incentivos a los servidores públicos y a los ciudadanos.

 

3. ¿Por qué se habla de audiencia pública cuando nos referimos a rendición de cuentas?

Porque desde el año 1998 cuando se aprobó la Ley 489, se estableció como una buena práctica de la Administración Pública la realización de audiencias públicas sobre rendición de cuentas.

 

4. ¿Qué es una audiencia pública?

Es un evento público entre ciudadanos, organizaciones y servidores públicos en donde se evalúa la gestión gubernamental en el cumplimiento de las responsabilidades políticas y los planes ejecutados en un periodo determinado.

 

5. ¿Quién preside la audiencia pública en la Entidad (Dimar)?

El Director General Marítimo y el comité de Dirección que él designe.

 

6. El proceso de rendición de cuentas, ¿se evalúa?

Sí. El propósito es la evaluación de cada una de las acciones de los tres elementos básicos en los que se fundamenta el proceso de rendición de cuentas: información, diálogo e incentivos. La Entidad debe elaborar un informe con el resultado obtenido de cada una de las acciones, teniendo en cuenta logros y dificultades.

 

7. Del proceso de rendición de cuentas, ¿queda algún documento de consulta?

Sí. Los resultados de todas las acciones deben ser registrados por la Entidad en un documento memoria, que publica y divulga para conocimiento de la ciudadanía. 


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